miércoles, 10 de mayo de 2017

cartilla laboral

el derecho laboral colombiano esta regido por el código sustantivo de trabajo (CST)




PRINCIPIOS GENERALES:

  • irrenunciabilidad.
  • primacía de la realidad.
  • igualdad.
  • mínimo vital.
  • estabilidad.
  • libertad de trabajo.
  • protección del trabajo.
  • capacitación, adiestramiento y descanso.
  • favorabilidad.
  • indubio pro operario.
  • obligatoriedad de trabajo.

existen tres elementos necesarios para el contrato de trabajo.

  • actividad personal realizada por el mismo trabajador.
  • La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato.
  • Un salario como retribución del servicio.
 una vez reunidos estos tres elementos se entiende que ya existe un contrato de trabajo y no deja de serlo por razón al nombre que se le de.

existen diferentes tipos de contratos:




contrato a termino indefinido: Es aquel tipo de contrato en donde se pacta la fecha de inicio de labores, pero no se manifiesta la fecha en la cual se terminara dicho contrato.

contrato a termino fijo: Los contratos a termino fijo inferiores a 1 año, sólo pueden prorrogarse hasta 3 veces tiempo después del cual se renueva por un término mínimo de 1 año, de manera sucesiva, sin que se convierta en indefinido.

contrato de obra: El contrato dura el tiempo que dure la obra o labor a realizar.

periodo de prueba: es el tiempo concertado por el trabajador y el empresario durante el cual, cualquiera de ellos puede dar por finalizada la relación laboral sin pre aviso, sin necesidad de alegar ninguna causa y sin derecho a indemnización.

duración del periodo de prueba: 
El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses.


pagos laborales.


salario mínimo: es la cantidad mínima de dinero que se le paga a un trabajador por un determinado período laboral (hora, día o mes), que los empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores. El salario mínimo de acuerdo con la ley deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer la educación básica a los hijos.

jornada ordinaria: Es la que convengan las partes o a falta de convenio, la máxima legal, cuya duración es de 8 horas diarias y a la semana, que se reparten en los días de la semana, máximo 10 horas por día.


trabajo diurno y nocturno:Para efectos laborales, se califica como trabajo diurno-ordinario el comprendido entre las 6:00 a.m. y las 10:00 p.m. y como trabajo nocturno, el comprendido entre las 10:00 p.m.

horas extras: es aquella hora que se trabaja adicional a las 8 horas diarias o a la jornada pactada entre la partes. Si en un día se trabajan 10 horas, y se ha pactado la jornada máxima legal (8 horas), entonces tendremos 2 horas extras, que son la que han superado el límite de las 8 diarias.

descanso dominical remunerado: Cuando se haya laborado todos los días hábiles de la semana, es obligatorio conceder al trabajador un descanso remunerado en domingo, o el sábado cuando se acuerda este día.

días festivos: Además de los domingos, el trabajador tiene derecho al descanso remunerado en los días señalados como festivos.


prestaciones sociales.





son los dineros adicionales al Salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante Contrato de trabajo por sus servicios prestados.

prima de servicios: es una prestación social que le corresponde al trabajador por las utilidades obtenidas en la empresa, para la cual tanto empleado como empleador deben tener claros los conceptos base para su liquidación como los recargos nocturnos, horas extras, dominicales, vacaciones y el salario básico.

cesantias: son una prestación social a cargo del empleador y a favor del trabajador que corresponde en un mes de salario por cada año de servicios prestados o proporcionalmente al tiempo de servicio. Tiene como objetivo principal dar un auxilio monetario cuando la persona termine su relación laboral.

intereses a las cesantias: En enero de cada año, el empleador debe pagar directamente al trabajador intereses sobre las cesantías a una tasa del 12% anual.


aportes parafiscales: Todas las empresas deben inscribirse en una caja de compensación familiar. Esta inscripción otorga al trabajador el derecho a obtener subsidios en efectivo para sus hijos menores de edad, así como servicios de capacitación, vivienda y recreación.

auxilio transporte: Los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales tienen derecho al pago del auxilio de transporte fijado por el Gobierno Nacional.


seguridad social.

La seguridad social es un conjunto de medidas que la sociedad proporciona a sus integrantes con la finalidad de evitar desequilibrios económicos y sociales que, de no resolverse, significarían la reducción o la pérdida de los ingresos a causa de contingencias como la enfermedad, los accidentes, la maternidad o el desempleo, entre otras.

pensión: Es una prestación económica que reciben mensualmente los trabajadores, dependientes o independientes, en el momento de su retiro laboral con base en los aportes que hicieron a un fondo de Pensión Obligatoria durante su vida laboral.
Puede ser de vejez, cuando se recibe al término de las semanas, años cotizados y valor acumulado en el fondo de pensiones; de invalidez, cuando se está incapacitado en más del 50% para laborar; o de sobre vivencia, cuando el trabajador muere y la reciben quienes lo sobreviven.
salud: El sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador y de su familia, que están establecidas en el programa de atención denominado Plan Obligatorio de Salud -POS- y la maternidad. El empleador debe consignar el 12,5% del salario mensual del trabajador, del cual el 8,5% está a cargo del empleador y el 4% restante a cargo del empleado. Este monto es deducido del salario mensual del trabajador.
riesgos laborales: Este sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador por causa de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, e igualmente las pensiones por invalidez y muerte generadas por tales enfermedades.
¿Quien paga la incapacidad laboral de un empleado en los primeros tres días? 
los primeros tres días de incapacidad están a cargo del empleador y, si esta se extiende, de ahí en adelante la prestación económica respectiva la debe cubrir la correspondiente Entidad Promotora de Salud a la cual se encuentra afiliado el trabajador.

¿Cómo se pagan las incapacidades?
Las incapacidades son pagadas por la EPS y no por la empresa. La empresa debe pagar la incapacidad únicamente en el caso en que no haya afiliado a seguridad social al empleado afectado.

 La EPS paga el 66.67% del salario base de cotización, sin perjuicio del salario mínimo, es decir, que en ningún caso el valor pagado por la EPS por concepto de incapacidad puede ser inferior al mínimo, a su equivalente o proporcional si se trata de una incapacidad inferior a un mes.

miércoles, 26 de abril de 2017

contrato laboral

es un acuerdo entre un trabajador que se compromete a prestar servicios bajo la subordinación y dependencia de un empleador, a cambio de una remuneración. Sólo puede existir si ambas partes están de acuerdo en las obligaciones y los derechos que dan origen a la relación laboral.


elementos esenciales de un contrato:
  • prestación personal del servicio: este elemento implica la realización de una labor por parte de una persona natural a favor de otra persona que puede ser natural o jurídica.

  • continuada dependencia o subordinación: este elemento consiste en la facultad que tiene el empleador de impartir ordenes o instrucciones. 


  • remuneración o salario: es el pago que recibe de forma periódica un trabajador de mano de su empleador a cambio de que éste trabaje.



IUS variandi

El Ius variandi es la facultad que tiene el empleador de alterar unilateral mente condiciones no esenciales del contrato individual de trabajo, quedando fuera de esa facultad, entre otros: Cambio de lugar de trabajo que ocasione perjuicio al trabajador.



modalidades del contrato de trabajo.

los contratos pueden ser de tres formas:
  • verbalesEl contrato de trabajo verbal es aquel en el que no existe ningún documento escrito que contenga las condiciones pactadas verbalmente (de palabra) entre el empleador y el trabajador.




  • escritos: es el que consta de un documento firmado por las partes en el cual están incluidas todas las condiciones del mismo.

  • contrato de trabajo realidad: es aquel que surge de lo que ocurre en la practica independientemente de lo que se haya expresado en un documento o de lo que la voluntad  del empleador haya supuesto.

contrato de trabajo a termino fijo

El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero es renovable indefinidamente.

contrato de trabajo termino indefinido
Se considera que existe un contrato de trabajo a término indefinido, cuando en él no se pactó un tiempo de duración, cuando no se pactó una fecha de terminación, es decir, no se definió en el contrato cuándo se terminaría, por tanto, no es posible determinar la fecha de terminación.

contrato de obra
El contrato de obra o labor puede ser asimilado o entendido como un contrato a término fijo, en cuanto que  terminada la obra se sobreentiende que  termina el contrato de trabajo, por lo tanto no representa problema alguno pactarlo verbalmente, y en todo caso, el contrato de obra  o labor es un caso particular diferente al contrato a término fijo propiamente dicho.
contrato ocasional o transitorio 
El artículo 6° del Código Sustantivo del Trabajo define el contrato de trabajo ocasional, accidental o transitorio como aquel de corta duración, no mayor de un mes y que se refiere a labores distintas de las actividades normales del empleador.

obligaciones del trabajadorr
Según el artículo 29 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales corresponde a cada trabajador la obligación de velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario.

obligaciones del empleador 

  • Cumplir la legislación vigente y los acuerdos en vigor.
  • Tratar al trabajador de forma igualitaria, con independencia del origen, las creencias, el género, la edad o la adscripción política de éste.
  • Velar por la seguridad y la salud laboral del trabajador.
  • Facilitarle al trabajador información escrita sobre los condicionantes fundamentales del trabajo.
  • Favorecer una buena atmósfera de trabajo y el logro de los cometidos del trabajador, así como su desarrollo profesional

viernes, 31 de marzo de 2017

ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL

en los inicios los aborígenes se dedicaban a tareas como la pesca, la agricultura y la caza,rigiendo sus actividades por las ordenes que impartía el cacique.



con la llegada de los conquistadores fueron cambiando sus costumbres, obligados a dejar sus tareas y dedicarse a la explotación de minas.



durante la conquista y la colonia impusieron ordenes y decretos originados en la propia voluntad del rey de España, estas ordenanzas y decretos fueron recopilados en el reinado de carlos ll de España con el nombre de LEGISLACIÓN INDIANA. 

el derecho indiano es aquel derecho que rigió en las indias occidentales durante el periodo de dominación de la corona española.



el 1 de enero de 1852 siendo presidente de la república jose hilario lopez, empezaron aparecer algunas leyes sociales que constituyen el fundamento de lo que hoy conocemos como el código sustantivo de trabajo.
tres de ellas fueron:
  • ley 29 de 1905, estableció una pensión de jubilación vitalicia para los magistrados de la corte suprema de justicia que llegaran a la edad de los 60 años.
  • ley 57 de 1915, sobre accidentes de trabajo mediante la cual el estado sufragaba los gastos de los accidentes de trabajo a los trabajadores de la construcción.


en la ultima década dos grandes cambios se introdujeron en la legislación laboral colombiana, estos fueron la ley 50 de 1990 y la ley 100 de 1993, con la ley 50 los trabajadores perdieron grandes derechos como la retroactividad de la cesantia, la pensión y la reintegración para los trabajadores de las de 10 años, la ley 100 modifico todo lo relacionado con las pensiones e introdujo novedosos avances en el aspecto de la pensión. 

código sustantivo del trabajo.

contiene tres grandes aspectos en el campo del derecho laboral:

  • derecho individual del trabajo: hace las veces de regulador de las relaciones entre el empleador y uno o varios trabajadores a nivel individual. De esta manera, se otorga al trabajador unas garantías mínimas, las cuales son irrenunciables y no pueden ser modificadas mediante los contratos de trabajo. 




  • derecho colectivo del trabajo: es el Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre patronos y trabajadores no de modo individual, sino en atención a los intereses comunes a todos ellos o a los grupos profesionales.


  • sistema de seguridad social integral: Fue creado por la ley 100 de 1993 y los decretos que reglamentan, aspecto que hoy constituye en la practica, un nuevo código denominado régimen de seguridad social en Colombia. El sistema de seguridad social integral tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad. 
campo de aplicación 

la legislación laboral se aplica a todos los habitantes del territorio de la república sin considerar su nacionalidad... es deber de todos los nacionales y extranjeros en Colombia, vivir sometidos a la constitución y a las leyes.

el código sustantivo del trabajo también se aplica a los trabajadores oficiales del estado.

  • servidores públicos: son aquellas personas que prestan sus servicios a la nación.

  • trabajadores oficiales: Se denominan genéricamente empleados oficiales las personas naturales que trabajan al servicio de los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos, unidades administrativas especiales, empresas industriales o comerciales de tipo oficial y sociedades de economía mixta.


normas protectoras del trabajo

el trabajo es un derecho y una obligación social y goza en todas sus modalidades de la especial y total protección del estado. toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

aplicación de la norma

el empleador esta obligado a observar las leyes laborales que rigen en Colombia. si se aplican estas normas correctamente influye mucho en la buena marcha de su empresa y redunda en beneficio las relaciones con sus trabajadores.


jueves, 9 de marzo de 2017

Principios del derecho laboral colombiano.


Objetivo:

Plasmar de manera general  los conceptos acerca de los  principios del derecho laboral colombiano, destacando en este  la importancia que tiene en el ámbito laboral.

 En principio el trabajo era obligatorio para todas las clases sociales, Los aristócratas o superiores se encargaban de las tareas intelectuales, la dirección, organizaron, vigilancia y las de culto; a las clases bajas les tocaba realizar labores agrícolas, y las demás manuales.






‘’Elige un trabajo que te guste y no tendrás que trabajar ni un día de tu vida. ’’










DERECHO LABORAL COLOMBIANO

El origen del derecho laboral en Colombia, conformado por una conjunto de principios, acciones, y normas que regulan directa o indirectamente  las relaciones entre trabajadores y empleadores y de este con el estado, con el fin de garantizar los derechos fundamentales de los trabajadores y la protección de estos.

El derecho laboral colombiano tiene como regulador la constitución política del 1991, el cual en su primer artículo expresa que Colombia es ‘’ un estado social de derecho’’, y por esta razón el estado tiene un papel de promotor del desarrollo y la justicia social, para combatir las desigualdades humanas con sus mecanismos políticos y económicos.
De acuerdo con la Constitución Política, el derecho al trabajo es un derecho fundamental para todas  las personas el cual debe ser garantizado por el Estado. Adicional mente, la Constitución Política consagra el derecho de asociación sindical, que ampara tanto a los trabajadores como a los empleadores. 

Según el artículo 1 del Código Sustantivo del Trabajo, el objetivo principal es lograr el equilibrio en las relaciones obrero-patronales, al encontrarse el trabajador desprotegido desde el punto de vista económico y social. Por ello se le otorga una serie de privilegios, como lo son el  principio de irrenunciabilidad, favorabilidad y la protección del trabajo.

Todo lo anterior tiene el único fin de lograr la paz social, siendo esta la finalidad del Código Laboral Colombiano. 















PRINCIPIOS Y DEBERES FUNDAMENTALES EN EL TRABAJO.

principio
objetivo
Libertad de trabajo.
Se refiere a la posibilidad de que los trabajadores decidan  libremente en lo que ellos se quieran desempeñar.
Obligatoriedad de trabajo.
Este principio implica que cada uno de los trabajadores aporte su fuerza laboral, convirtiéndose esto en una obligación social adquirida por el trabajador  en pro de la comunidad.
Protección de trabajo.
El objetivo de este principio es garantizar de manera oportuna a los trabajadores una protección para la garantía y eficacia de sus derechos.
Igualdad de derechos.
Este principio, garantiza que todos los trabajadores, deberán ser tratados con las mismas normas y garantías, sin tener preferencia alguna.
Primacía de la realidad.
Como lo indica su nombre, de acuerdo con este principio se desplazan a un segundo plano las formas o apariencias a través de las cuales las partes hayan pretendido regular su relación de trabajo para dar preponderancia a las reales circunstancias tácticas que rodean la prestación de los servicios por parte del trabajador.
Estabilidad.
En este principio, determinados trabajadores que por sus especiales características gozan de una estabilidad reforzada en sus empleos, estos trabajadores son: mujeres en estado de embarazo, personas discapacitadas o con algún tipo de limitación, entre otras.
Favorabilidad.
El objetivo de este es que en cualquiera de las situaciones planteadas en la que se encuentre el trabajador se elegirá aquella disposición o norma que resulte más benéfica para él, pues es éste el sujeto considerado como débil dentro de la relación laboral.
Irrenunciabilidad de beneficios mínimos, y mínimo de derechos y garantías.

toma en consideración que el derecho del trabajo se construye sobre normas de orden público, lo cual implica que se imponga la irrenunciabilidad de los derechos otorgados por imperio de la ley, máxime cuando los mismos se caracterizan por constituir las prerrogativas mínimas a las cuales tienen derecho las personas como fruto de su trabajo.




















Con todo lo plasmado anteriormente damos a conocer los principios del derecho laboral, siendo estos mismos muy importantes en nuestra vida cotidiana ya que  son una base muy fuerte para defender y conservar los derechos que poseen todos los trabajadores, porque en muchas ocasiones las personas no tienen el conocimiento de cuáles son los derechos que poseen y sus  beneficios a la hora de  entrar a laborar en una empresa y Atravez de este surgen muchas inquietudes acerca de esto.
Por ello es muy importante dar a conocer los  derechos a los cuales los empleados puedan gozar, y llegado al caso en que él estos le  sean vulnerados, saber cómo poder  proceder a reclamar estos derechos los cuales les competen.